Artículo 1º Todos los seres humanos nacen libres en igualdad y derechos. |
Artículo 2º Toda persona tiene los derechos y libertades de esta Declaración. Sin distinción de raza, sexo, religión, idioma o política. |
Artículo 3º Todo individuo tiene derecho a la vida, la seguridad y la libertad personal. |
Artículo 4º Nadie estará sometido a la esclavitud y la servidumbre. |
Artículo 5º Nadie será sometido a tortura, trato cruel, inhumano o denigrante. |
Artículo 6º Todo humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. |
Artículo 7º Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. |
Artículo 8º Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos que violen sus derechos. |
Artículo 9º Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, arrestado ni apresado. |
Artículo 10º Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para determinar sus derechos y obligaciones. |
Artículo 11º Todo acusado de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad. |
Artículo 12º Nadie será objeto de acciones arbitrarias en su familia, su vida privada, su persona, ataques a su honra o reputación. |
Artículo 13º Todos tienen derecho a circular libremente y elegir su residencia en un Estado determinado. |
Artículo 14º En caso de persecución tiene derecho a buscar asilo en cualquier país. |
Artículo 15º Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. |
Artículo 16º Hombres y mujeres en edad núbil tiene derecho a casarse, formar una familia con igualdad de derechos y en caso de divorcio compartir responsabilidades con los hijos. |
Artículo 17º Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva. |
Artículo 18º Toda persona tiene libertad de pensamiento, religión y conciencia. |
Artículo 19º Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión. |
Artículo 20º Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica. |
Artículo 21º Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país. |
Artículo 22º Toda persona tiene derecho a la seguridad personal. |
Artículo 23º Toda persona tiene derecho a un trabajo, a elegirlo y a percibir a trabajo igual, salario igual. |
Artículo 24º Toda persona tiene derecho al descanso al disfrute de su tiempo libre y a vacaciones periódicas y pagadas. |
Artículo 25º Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, a la salud, y al bienestar, al vestido, vivienda, asistencia médica, servicios sociales, seguros de (desempleo, invalidez, viudez, enfermedad, etc.) |
Artículo 26º Toda persona tiene derecho a la educación. |
Artículo 27º Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y del progreso científico. |
Artículo 28º Toda persona tiene derecho a gozar del orden nacional e internacional para que sus derechos sean efectivos. |
Artículo 29º Toda persona tiene deberes con su comunidad. |
Artículo 30º Nada en esta Declaración podrá tener otra interpretación, ni suprimir cualquier libertad de la misma. |
Bienvenidos y Bienvenidas
Hola, los invitamos a recorrer constantemente esta sección del blog, porque como todo en la vida, según el día uno puede sacar diferentes enseñanzas ^^.